Estimados clientes:
- Antecedentes:
El 18 de Septiembre de 2015 fue publicado el acuerdo 027-2015 que contiene el
Reglamento de la Ley de Precios de Transferencia y determinaba que el plazo anual
para la presentación de la declaración informativa de Precios de Transferencia vencerá:
Para empresas con ejercicio fiscal normal: el 30 de Abril de cada año
Para empresas con ejercicio fiscal especial: 3 meses después de finalizado su ejercicio. - Cambios en la Dirección Ejecutiva de Ingresos
El pasado mes de Marzo fue Cerrada la Dirección Ejecutiva de Ingresos para dar paso
a un nuevo ente fiscalizador que ofrece ser más eficaz en su asistencia a los
contribuyentes.
A pesar del cierre, la administración tributaria continúa operando y los contribuyentes
continuamos en la obligación de cumplir con todas las obligaciones tributarias descritas
en la ley. - Declaración Jurada Informativa Anual de Precios de Transferencia 2014
La Declaración Jurada Informativa Anual sobre Precios de Transferencia (DJIAPT)
correspondiente al ejercicio fiscal 2014 tuvo como fecha inicial de vencimiento el 18 de
diciembre de 2015; sin embargo, el mismo fue prorrogado y se amplió el plazo de la
presentación hasta el 31 de marzo del 2016 (en el artículo 221 del Decreto168-2015
publicado en el diario oficial “La Gaceta”).
Como indica el punto 2 anterior, la DEI fue cerrada en marzo; sin embargo, el
vencimiento de la DJIAPT por el ejercicio 2014 no sufrió ninguna suspensión o prórroga
a pesar de este cierre. Por ello, el sistema DET Live (donde se debe subir las
declaraciones) sufrió muchos retrasos y funcionó en forma incorrecta. En las oficinas de
la anterior DEI no pudieron resolver estos problemas hasta el 31 de marzo en horas de
la noche. - Conclusiones y recomendaciones:
4.1. El plazo para presentar la Declaración Jurada Informativa Anual Sobre
Precios de Transferencia correspondiente al ejercicio fiscal 2014 venció
el 31 de Marzo de 2016. El no cumplir con esta obligación y/o “el no
aportar o aportar falsos o manifiestamente incompletos o inexactos”
implicó una multa de US$ 10,000.
4.2. Recomendamos que, en el supuesto que las empresas hayan tenido que
cumplir con la DJIAPT (correspondiente al ejercicio fiscal 2014) y no lo hayan
hecho, subsanen su incumplimiento de manera voluntaria y declaren
informándose y asesorándose profesionalmente para evitar mayores
contingencias.
4.3. El plazo para presentar la Declaración Jurada Informativa Anual Sobre
Precios de Transferencia correspondiente al ejercicio fiscal 2015 vence el
30 de Abril de 2016. El no cumplir con esta obligación y/o “el no aportar o
aportar falsos o manifiestamente incompletos o inexactos” implica una
multa de US$ 10,000.
4.4. Recomendamos a todas las personas obligadas a cumplir con estos
requerimientos tributarios que tomen las precauciones del caso, teniendo en
consideración que el 30 de Abril vence también la Declaración del Impuesto a
la Renta (correspondiente al ejercicio fiscal 2015) y que el sistema suele
sobrecargarse en las últimas fechas..
4.5. Los contribuyentes deben contar con una asesoría especializada a fin de
cumplir con la presentación de las correspondientes Declaraciones Juradas
Informativas Sobre Precios de Transferencia, pues las mismas solicitan una
serie de requisitos técnicos (como son los métodos de Precios de
Transferencia aplicados, el ajuste, indicadores de rentabilidad, etc.)
Tegucigalpa, 8 de abril de 2016.