Alerta sobre Precios de Transferencia en Perú N° 002-2020-PER.

Prórroga de SUNAT en la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta (Ejercicio Fiscal 2019) aplica para algunos sujetos obligados a presentar Declaración Reporte Local de Precios de Transferencia 2019. Se recomienda tener el resultado del ajuste antes de la Declaración Jurada a fin de llenar el casillero 103.

Lima, 25 de Marzo de 2020.

1. Antecedentes:

El 27 de diciembre de 2019 fue publicada la Resolución de Superintendencia N°271-2019/SUNAT, la cual establece los formularios y cronogramas para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las transacciones financieras (ITF).

2. Prórroga para la presentación de la Declaración y efectuar el pago de regularización del Impuesto y del ITF, correspondiente al ejercicio fiscal 2019:

De acuerdo a lo que indica el artículo único de la Resolución de la Superintendencia N°061-2020/SUNAT, publicada el 24 de marzo de 2020, el cronograma aplicable a los contribuyentes que deben efectuar el pago de regularización del Impuesto y del ITF es el siguiente para aquellos que hubiesen obtenido, en el ejercicio gravable 2019, ingresos netos de tercera categoría superiores a las 5,000 UIT (S/ 21,000,000):

Por otro lado, se establece una prórroga únicamente aplicable a los contribuyentes que hubiesen obtenido, en el ejercicio gravable 2019, ingresos netos hasta 5,000 UIT (S/ 21,000,000) o que hubieran percibido rentas distintas a las de tercera categoría que sumadas no superen el referido importe. La misma que se detalla a continuación:

Se debe que tener en consideración que el tener ingresos devengados mayores a 2,300 UIT es uno de los requisitos para estar obligado a presentar la Declaración Jurada Informativa de Precios de Transferencia Reporte Local – PDT Virtual 3560 en junio de 2020 respecto del ejercicio fiscal 2019.

Por tanto, la prorroga en la presentación de la Declaración de Renta de 2019 APLICA a algunos contribuyentes que están obligados a presentar, en junio de 2020, la declaración Reporte Local de Precios de Transferencia respecto del ejercicio fiscal 2019.

Hay que recordar que:

  1. La declaración Jurada del Impuesto a la Renta tiene el casillero 103 en donde se debe consignar el monto de ajuste por Precios de Transferencia.
  2. El PDT Virtual 3560 (Reporte Local de Precios de Transferencia) tiene una pantalla en donde consulta expresamente si el contribuyente va a realizar un ajuste en su Declaración del Impuesto a la Renta, tal como se ve en la pantalla adjunta.

3. Para su información, el día de mañana TP Consulting llevará a cabo su primera Conferencia Virtual “Casos Prácticos de Ajustes por Precios de Transferencia”. La cual será de libre acceso a través del siguiente enlace: https://meet.google.com/rdr-umew-jdy

Los temas que se tratarán en la conferencia de mañana son:

Atentamente,

TP Consulting Perú
Tel: (511) 391-4816
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