Alerta Legal N° 001-2022-HN: Nueva Clasificación de Obligados Tributarios en Honduras
- Antecedentes
Recientemente ha sido publicada en el Diario Oficial La Gaceta el Acuerdo N°SAR-125-2022 el cual contiene la nueva clasificación de obligados Tributarios que tendrá vigencia en Honduras a partir del 1 de enero del año 2023.
Los Obligados Tributarios se clasifican en Grandes Contribuyentes, Medianos Contribuyentes y Pequeños Contribuyentes y de esta clasificación dependen las obligaciones a las cuales cada Obligado Tributario se encuentra sujeto.
En el Acuerdo N°SAR-125-2022 se encuentra el anexo de todos los Obligados Tributarios que han sufrido un cambio en su clasificación, los que no se encuentran en el anexo de este Acuerdo se clasifican como Pequeños Contribuyentes.
- Consideraciones especiales
- Los Obligados Tributarios categorizados como Medianos y Grandes deben presentar sus Declaraciones Juradas a través de los aplicativos, sitios y mecanismos electrónicos que La Administración Tributaria ponga a disposición.
- Los Obligados Tributarios que a la fecha de entrada en vigor del Acuerdo N°SAR-125-2022, tengan en curso procesos iniciados por la Administración Tributaria, quedan sujetos a la Dirección que inició el proceso hasta la conclusión de este.
- En la fusión, absorción o cualquier otra forma de reorganización mercantil realizada entre obligados tributarios, prevalecerá la condición de aquel clasificado con mayor categoría.
- Los pequeños y medianos contribuyentes que se encuentren en un sector regulado por el Estado de Honduras o que estén involucrados en la gestión o administración de un proyecto de interés nacional, podrán ser reclasificados en cualquier momento por Administración Tributaria después de un estudio técnico como medianos o grandes contribuyentes. Siéndoles comunicado por escrito el nuevo estatus.
- Obligaciones
Las obligaciones tributarias a las que estarán sujetos los obligados tributarios son las establecidas en el Código Tributario, leyes especiales y actos administrativos.
- Precios de Transferencia
La obligación de la presentación de la Declaración Jurada Anual Informativa de Precios de Transferencia aplica a: Los grandes y medianos contribuyentes que realizan transacciones con partes relacionadas durante el ejercicio fiscal a partir de cualquier monto de transacciones.
- Recomendaciones
A partir de lo anterior, sugerimos:
- Identificar si su empresa ha cambiado de clasificación
- Asesorarse oportunamente a fin de identificar las nuevas obligaciones tributarias adquiridas y comenzar su cumplimiento a partir del 1 de enero de 2023.
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